Esta es la Moción que fue aprobada en la tarde noche del Martes en el Pleno del Ayuntamiento. Fue aprobada por los 6 votos de PSOE y uno de IAB. EU, PP y Grupo Mixto se abstuvieron.
Desde el año 2004 la construcción del edificio el “mirador” ha supuesto un costoso proceso tanto en el otorgamiento de la licencia, como en la tramitación y construcción. Los vecinos demandantes han puesto, en ocasiones, de manifiesto contradicciones de lo construido con la licencia de obras otorgada.
En estos momentos ha recaído sentencia nº 899/2008, sobre el recurso de apelación nº 517/2007 interpuesto contra la sentencia nº 296/2006 dictada, con fecha 12 de septiembre de 2006, por el juzgado contencioso administrativo nº 2 de Valencia en el recurso contencioso – administrativo nº 428/2005.
Parte del fallo de la sentencia del recurso contencioso administrativo nº 428/2005 dice literalmente: “Debiendo al administración demandada dictar resolución, declarando que la ejecución del edificio no se ajusta a la licencia respecto del ancho de la calle que debe ser en todo momento de 10 metros, debiendo requerir al titular para que en el plazo de dos meses ajuste la ejecución de la obra a la licencia y si no lo hiciere ordene la demolición de lo ilegalmente construido”.
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